Mientras en toda Galicia funcionan once crematorios, en Pontevedra se tramitan cuatro al mismo tiempo.

Os dejamos un artículo publicado en el periódico digital LaVozDeGalicia.es donde se trata el tema de la incineración en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Cuál es el respaldo social a la incineración?

Según recogió el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) en una encuesta sobre «actitudes y creencias religiosas» de los españoles, «llegado el momento de la muerte», el 39 % son partidarios del entierro tradicional, y 32,3 %, es decir, uno de cada tres, opta por la incineración. Según alguna asociación de empresas funerarias de índole nacional, el porcentaje de «clientes» que optan por la incineración es todavía mayor, por encima del 40 %, aunque en ciudades como Sevilla ya se incineran más cadáveres que los que se entierran. En las áreas urbanas se acepta mejor la incineración que en las rurales.

¿Cómo es el proceso de incineración de un cadáver?

Normalmente, los hornos funcionan por el sistema de pirólisis, quemando la materia orgánica con temperaturas superiores a los 1.500 grados centígrados y una potencia por encima de las 960.000 kilocalorías. Se quema conjuntamente el cadáver y el ataúd, retirando de este los cristales y herrajes. Aproximadamente, se tarda unas tres horas en incinerar un cadáver.

¿Existe contaminación a la atmósfera?

Parece una de las cuestiones claves en la polémica que se vive en Pontevedra, pero en principio, no tiene por qué haber contaminación. La legislación ambiental es muy exigente y la tecnología, muy avanzada. Los crematorios cuentan con sistemas que evitan tanto la emisión de humo como de olores, ya que se acompañan de  depuradores que queman los gases que se desprenden a la chimenea. Y, desde luego, no sueltan cenizas.

¿Está justificada la oposición vecinal?

A nadie le agrada tener una instalación funeraria pegada a su vivienda. No ya por la posible contaminación sino por cuestiones más estéticas o sociales, incluso de depreciación del valor de las propiedades cercanas. De hecho, no se puede instalar un cementerio a menos de cincuenta metros de viviendas y solo un vacío legal permite hacerlo en el caso de los crematorios.

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