El testamento vital es un documento que contiene la declaración escrita de aquellas personas que expresan su voluntad de participar en las actuaciones sanitarias que afecten a su salud ante una situación terminal o de inconsciencia, cuando no tengan capacidad de decidir por sí mismos, así como sobre el destino de su propio cuerpo o de los órganos del mismo una vez producido el fallecimiento.
Y es que el testamento vital es una herramienta útil y de gran ayuda para los profesionales médicos en aquellas situaciones críticas en las que desconocen cuál sería el deseo del paciente. También para la familia, ya que incluye instrucciones precisas sobre el servicio funerario (religioso o no), preferencias sobre entierro o incineración, último discurso, etc.
El documento del testamento vital incorpora el historial médico del paciente, los cuidados o tratamientos a los que quiere o no someterse para garantizar una muerte digna. En concreto, que se agoten los tratamientos indicados sobre sus dolencias; la negativa a recibir tratamiento de soporte vital o interrumpir el ya iniciado, cuando éste sea inefectivo para la satisfacción de determinados valores o para mantener una adecuada calidad de vida; la negativa a que se prolongue temporal y artificialmente la vida si no se acompaña de ningún resultado aceptable para los objetivos del otorgante; y que se utilicen los procedimientos de sedación y analgesia necesarios para evitar el dolor y el sufrimiento.
No obstante, la Ley establece unas garantías o supuestos que limitan esa voluntad, puesto que nunca podrán ir en contra del ordenamiento jurídico o de la buena práctica sanitaria. Debe informarse a la familia de cualquier tipo de testamento existente, y en este caso, nombrar al menos un representante para que actúe como interlocutor con el médico y procure el cumplimiento de su voluntad.
Así es el testamento vital.

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