
Testamento vital en Aragón
Tendrás la oportunidad de indicar de forma anticipada tu voluntad acerca de los cuidados médicos que deseas recibir en el caso de que te encuentres incapacitado, inconsciente o no puedas expresarte con libertad.
Si vives en la Comunidad Autónoma de Aragón ya puedes anticiparte y dejar constancia de tu última declaración en vida si en un futuro no puedes decidir por ti mismo como consecuencia de tu deterioro físico o mental. Será lo que tus médicos tengan en cuenta.
Testamento vital en Aragón
Tendrás la oportunidad de indicar de forma anticipada tu voluntad acerca de los cuidados médicos que deseas recibir en el caso de que te encuentres incapacitado, inconsciente o no puedas expresarte con libertad.
Si vives en la Comunidad Autónoma de Aragón ya puedes anticiparte y dejar constancia de tu última declaración en vida si en un futuro no puedes decidir por ti mismo como consecuencia de tu deterioro físico o mental. Será lo que tus médicos tengan en cuenta.
¿En qué consiste el Testamento Vital?

Ponemos a tu disposición un formulario muy sencillo para dejar tus instrucciones sobre los cuidados o tratamientos que desees o no recibir y para nombrar a los representantes que actúen como interlocutores ante el equipo médico responsable. Este documento puede hacerlo una persona mayor de edad, capaz y libre, y con la misma libertad y requisitos se puede revocar o modificar su contenido. Hay que tener en cuenta que si el paciente no puede y no existe un documento de voluntades anticipadas, intervendrán los familiares.
Dispondrás de una asesoramiento completo y exhaustivo siempre que lo necesites, ya que resolvemos todas las posibles dudas que te puedan surgir antes de crear tu testamento vital y mientras lo rellenas.
Nos encargamos de inscribir el documento en el registro de voluntades anticipadas de la Comunidad Autónoma de Aragón, e incluso remitiremos telemáticamente copia de las mismas al registro si está habilitado este mecanismo.
Nuestro servicio de tramitación del testamento vital incluye garantías adicionales procedentes de la tecnología blockchain.
El testamento vital en Aragón se denomina documento de voluntades anticipadas
El testamento vital en Aragón es un documento que recoge las decisiones expresadas por una persona, tomadas de forma reflexiva, libre y responsable, sobre los tratamientos médicos y cuidados de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos. Este documento sirve para que en caso de deterioro físico o mental, una persona que se encuentra imposibilitada para manifestar su voluntad, el personal sanitario que interviene en su cuidado pueda conocer la voluntad previamente expresada para que la respeten y la cumplan.
En Aragón el testamento vital lo puede realizar cualquier persona mayor de 18 años y que tenga la capacidad de obrar tras un periodo de reflexión donde pueda valorar sus objetivos de vida junto a sus seres queridos, como pueden ser familiares y amigos, y también junto al personal médico. También es posible que una persona mayor de 14 años pueda tramitar su testamento vital, siempre y cuando esté asistido por su padre, madre o tutor legal.
Este documento se puede crear cumplimentando un modelo disponible, en formato papel o en formato digital. Según indica la normativa, se necesita la presencia de dos testigos mayores de edad, de los cuales al menos uno de ellos no debe tener ningún tipo de parentesco hasta el segundo grado ni estar vinculado por relación patrimonial con la persona que hacer el testamento vital. También puede crearse este documento ante notario, en cuyo caso no son necesarios los testigos.
En ocasiones, se suele designar un representante que es quien deberá asumir la responsabilidad de velar porque los deseos reflejados en el testamento vital se cumplan y se respeten en todo momento. Si existen dudas de interpretación, el representante será el interlocutor válido entre el paciente y el equipo médico y tomará decisiones en nombre del paciente, teniendo en cuenta los valores, instrucciones y deseos de este. Los profesionales sanitarios, cuando se den las circunstancias, deben realizar una consulta al Registro de Voluntades Anticipadas para conocer si el paciente ha dejado constancia de sus voluntades anticipadas. El representante debe aceptar su cargo firmando también el documento del testamento vital.
Para poder tramitar el testamento vital en Aragón es necesario aportar la siguiente documentación:
- DNI, NIE o Pasaporte.
- El documento del testamento vital o voluntades anticipadas debidamente cumplimentado y firmado.
- Los DNs, NIEs o Pasaportes originales de los testigos y/o representante, o bien una copia compulsada de los mismos.
En Aragón, el testamento vital o documento de voluntades anticipadas puede presentarse presencialmente o por correo postal en el Registro de Voluntades Anticipadas del Departamento de Sanidad, en la Dirección General de Derechos y Garantías de los Usuarios, cuya dirección es Vía Universitas 36, 4ª planta (50017 – Zaragoza). También se puede acudir a los Servicios de Atención al Usuario de los diferentes centros médicos de especialidades y hospitales del Sistema de Salud de Aragón, o en cualquier Centro de Salud del Sistema de Salud de Aragón de Zaragoza, Huesca o Teruel. Para las presentaciones presenciales es necesario solicitar cita previa.
La Comunidad Autónoma de Aragón ha elaborado un folleto informativo explicativo sobre la forma de solicitar y tramitar el testamento vital en Aragón. También puedes obtener más información en la propia web del Sistema de Salud de Aragón.
También se puede tramitar el testamento vital o documento de voluntades anticipadas a través de Internet, mediante el servicio que Mi Legado Digital pone a disposición de todos los usuarios de Aragón, extensible también a todo el territorio español. Nosotros nos encargamos de todo. En el siguiente enlace podrás obtener más información sobre el testamento vital en España.
¿Qué normativa existe para regular el Testamento Vital en Aragón?
En la Comunidad Autónoma de Aragón el testamento vital, tras la regulación a nivel nacional en el año 2002, se gestiona y tramita a partir de un Decreto publicado por el Gobierno de Aragón en el año 2003.
Decreto 100/2003, de 6 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y el funcionamiento del Registro de Voluntades Anticipadas.
Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, en lo relativo a voluntades anticipadas.
Ley 10/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de morir y de la muerte.
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Algunos datos sobre el Testamento Vital en Aragón
Testamentos vitales realizados
%
Aragoneses que han hecho testamento vital
%
Son realizados por mujeres
*Datos extraídos del Registro Nacional de Instrucciones Previas en Abril de 2022
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Con testigos
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¿Tienes alguna duda sobre el Testamento Vital en Aragón?
Si tienes alguna duda, consulta o pregunta sobre algún aspecto técnico y/o legal sobre el testamento vital en Aragón o sobre cómo se administra y gestiona el testamento vital a través de Mi Legado Digital, rellena este formulario con tus datos y tu pregunta y te responderemos a la mayor brevedad posible.
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